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La Oficina de Acceso a la Información es un mandato de la Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública y el Decreto 130-05 que aprueba el Reglamento de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, en el cual queda establecido que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano y personas que cumplen funciones públicas.
CONTACTO RESPONSABLE
Dirección:
PROCEDIMIENTO
La solicitud de acceso a la información debe ser planteada en forma escrita y deberá contener por lo menos los siguientes requisitos para su tramitación:
- Nombre completo y calidades de la persona que realiza la gestión.
- Identificación clara y precisa de los datos e informaciones que requiere.
- Identificación de la autoridad pública que posee la información.
- Motivación de las razones por las cuales se requieren los datos e informaciones solicitadas.
- Lugar o medio para recibir notificaciones.
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